Hoy vamos a escribir un post acerca de algo que a muchos veterinarios les preocupa. La Ley del Medicamento Veterinario. Esta ley, nos desprotege totalmente frente al cliente, que no entiende que le prescribamos o administremos un tratamiento que en medicina humana podría conseguir en la farmacia mucho más barato. Así pues, ¿qué podemos hacer?
Lo más fácil es seguir el siguiente decálogo y aplicarlo a “pies juntillas”:
1) Nosotros no decidimos la ley del medicamento veterinario, sólo la cumplimos.
2) No podemos dispensar medicamentos ni venderlos, sólo administrar tratamientos.
3) Como tal, estos tratamientos se facturan al 21% de IVA.
4) Nunca administrar un tratamiento sin el debido informe veterinario de otro compañero y la receta veterinaria en su defecto firmada y sellada por otro colegiado veterinario.
5) Siempre defender que actuamos según ley. Si otro veterinario quiere administrar o prescribir medicamentos de medicina humana, no debemos entrar, puesto que no es legal esta práctica salvo contadas excepciones y puede suponernos un problema grave. Hay una cascada de 4 pasos del uso de medicamentos veterinarios.
6) Ante cualquier queja de un cliente, bien por el precio, bien por el tipo de medicamento, remitirse a la aplicación de la ley.
7) Tener un cartel en la sala de espera que informe a los clientes que vuestra clínica se rige por la ley del medicamento veterinario en lo que refiere a materia de prescripción y administración de tratamientos veterinarios.
8) Notificar a la agencia española del medicamento actuaciones de intrusismo (venta de medicamentos sin receta por parte de tiendas de piensos por ejemplo).
9) No recetar nada a petición de un cliente, incluso si el cliente es nuestro, sin que el animal objeto de la prescripción haya pasado una revisión clínica en nuestro centro o el de un compañero con su correspondiente informe.
10) No recetar nada a petición de un cliente, incluso si el cliente es nuestro, a menos que el animal siga un tratamiento crónico pautado por nosotros que se extienda en el tiempo durante meses y que llevemos controlado que tiempo de tratamiento lleva.
Y en este caso, cuadrar la revisión clínica con la prescripción, si no, estaremos haciéndole el trabajo a la farmacia gratuitamente y además perderemos control sobre la evolución del tratamiento.
Entiendo que este decálogo no es perfecto, y puede llevarnos y nos lleva de hecho, a confrontaciones con propietarios, farmacéuticos, e incluso compañeros de profesión. Pero recordad el punto 1, nosotros nos debemos a la ley, no podemos saltarnos la ley a petición o presión del cliente, si otro compañero lo hace, es su responsabilidad, pero nosotros no debemos hacerlo.
Gracias a todos nuestros lectores, y seguiremos escribiendo próximamente sobre éste y otros temas que nos pedís.